miércoles, julio 16, 2008

Binominal: ¿Alguien entiende algo?

I. Un nuevo intento.

Hace pocos días se votó en el Congreso la modificación al artículo 47 de la Constitución, que establece que los diputados serán 120. No alcanzó el quórum requerido de tres quintos ni en la Cámara de Diputados ni en el Senado.


Sin embargo, para modificar la Ley Orgánica Constitucional de Elecciones, Ley 18.700, se requiere un quórum de cuatro séptimos, menor que el de 3/5. (4/7 = 0.571; 3/5 = 0.6).

El sistema binominal está establecido en el artículo 109 bis de la Ley 18.700:

ARTICULO 109o bis. En el caso de elecciones de Parlamentarios, el Tribunal proclamará elegidos Senadores o Diputados a los dos candidatos de una misma lista, cuando esta alcanzare el mayor número de sufragios y tuviere un total de votos que excediere el doble de los que alcanzare la lista o nómina que le siguiere en número de sufragios.

Si ninguna lista obtuviere los dos cargos, elegirá un cargo cada una de las listas o nóminas que obtengan las dos más altas mayorías de votos totales de lista o nómina, debiendo el Tribunal proclamar elegidos Senadores o Diputados a aquellos candidatos que, dentro de cada lista o nómina, hubieren obtenido las más altas mayorías.

Si el segundo cargo por llenar correspondiere con igual derecho a dos o más listas o nóminas, el Tribunal proclamará electo al candidato que hubiere reunido mayor cantidad de preferencias individuales. En caso de empate entre candidatos de una misma lista o entre candidatos de distintas listas o nóminas, que a su vez estuviesen empatadas, el Tribunal procederá, en audiencia pública, a efectuar un sorteo entre ellos, y proclamará electo al que salga favorecido.


II. La realidad.


Ahora bien, los diputados son 120 y los senadores son 38.

¿Cuanto es el quórum de 4/7 en cada Cámara?


Diputados: 68.571, serán 69.

Senadores: 21.714, serán 22.

En el Senado la cosa se ve positiva:

- La concertación tiene 18 senadores: 8 PS (Núñez, Ominami, Letelier, Gazmuri, Naranjo, Navarro, Escalona, Muñoz); 5 DC (Pizarro, Alvear, Sabag, Ruiz-Esquide, Frei); 3 PRSD (Gómez, Ávila, Vázquez); 2 PPD (Girardi, Muñoz Barra).

- Senadores independientes: 4 (Flores, Cantero, Zaldívar, Bianchi).

18+4 = 22. Los senadores, debiesen estar. A menos que a los independientes no les interese crear un sistema donde puedan tener chances de escoger representantes, o que algún senador de la Concertación tenga la cara de declarar que el sistema binominal está bien.

En la Cámara de Diputados la cosa no es tan halagüeña:

- La Concertación tiene 58 diputados.

- Los diputados colorines son 5.

- Chileprimero tiene 1 diputado.

- Alvaro Escobar es independiente pro PS.

Suman 65 diputados. Faltan 4.

¿Dónde pueden estar esos 4? La ex independiente del Partido de Acción Regionalista, Marta Isasi, de Iquique, puede ser una.

Faltan 3...

Habría que buscar entre los diputados de RN que no le tengan miedo a la democracia. Quizás jóvenes como Francisco Chahuán, Joaquín Godoy, Karla Rubilar sean la opción.

Durante los años 90, hubo varios episodios en que la parte democrática de lo que ahora es la Alianza por Chile actuó en conciencia. Un ejemplo fue la acusación constitucional contra el ex ministro de la corte Suprema, Hernán Cereceda, cuando tres senadores de Renovación Nacional, Ignacio Pérez Walker, Sebastián Piñera y Hugo Ortiz de Fillipi, apoyaron la acusación en uno de los puntos en contra de Hernán Cereceda.

Si hay real interés, se puede intentar cambiar el sistema electoral por uno que sea algo más democrático. Luego, con una nueva mayoría, se podrán hacer otros cambios.

Hasta la UDI se ha democratizado algo, haciendo elecciones internas competitivas por primera vez en su historia.

¿Y Chile, cuándo?

4 comentarios:

Jorge dijo...

Sólo para aclarar el tema del quorum, la disposición decimotercera transitoria de la Constitución dispone que "Las modificaciones a la referida Ley Orgánica sobre Votaciones Populares
y Escrutinios que digan relación con el número de senadores, las
circunscripciones existentes y el sistema electoral vigente, requerirán del voto conforme de las tres quintas partes de los
diputados y senadores en ejercicio".

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